Qué ocurre tras un impago: Dogar reclama por escrito y verbalmente, de forma inmediata tras la devolución y en los 3 meses sucesivos, al propietario en cuestión; Dogar publica las deudas en la información contable (cumpliendo la LOPD y dando la oportunidad al deudor de saldar su deuda previamente a la publicación de la situación). Cuando el impago se convierte en morosidad: Dogar, previo acuerdo en Junta General de la reclamación de la deuda actualizada, inicia un procedimiento monitorio en el juzgado, (reforma LPH), con COSTE CERO, para la finca ya que no interviene Procurador ni Abogado. A la deuda reclamada se sumarán los gastos de devolución, incluso los gastos de reclamación habidos hasta la fecha (burofax, certificaciones, etc.) Cuando la Morosidad se convierte en dudoso cobro: Una vez realizadas todas las actuaciones anteriores y sólo en caso de no haber obtenido resultados, Dogar iniciaría una demanda ejecutiva de reclamación de cantidad (menor cuantía), con la intervención de Procurador y Abogado. La comunidad debe realizar el adelanto (provisión de fondos) cuya cuantía se incorporará a la demanda y será recuperada al 100 % en el momento del cobro por la vía judicial. DOGAR ha sido lider en Zaragoza en la obtención de firmas para la iniciativa popular de Reforma de la Ley contra la morosidad en las Comunidades de Propietarios.
|